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Causa probable y audiencias en pleno sobre el fundamento

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Si un asunto de cumplimiento no se resuelve o cierra después de una investigación, la División de Cumplimiento puede iniciar un proceso de audiencia administrativa ante la Comisión en pleno. Este proceso, que se establece en los Estatutos de la Ciudad, busca determinar si un demandado violó la ley y, si es así, qué sanciones se le aplicarán.

Guía de Audiencias de Cumplimiento

La División de Cumplimiento, en consulta con la oficina del abogado municipal, creó la Guía de audiencias de cumplimiento de la Comisión. Este recurso proporciona información sobre el proceso de audiencias administrativas de la Comisión de Ética para asuntos de cumplimiento. El propósito de la guía es informar a la Comisión, a los demandados, al personal y al público sobre las reglas que rigen este proceso para que el proceso pueda llevarse a cabo de manera eficiente, justa y transparente. Además de la guía, la División de Cumplimiento ha creado tres listas de verificación básicas que resumen los pasos que se deben completar en cada etapa del proceso de audiencia. A continuación, se incluyen la guía y las tres listas de verificación:

Breve Descripción General del Proceso de Audiencia de Cumplimiento

El director de cumplimiento inicia el procedimiento de audiencia administrativa entregando un Informe de causa probable a cada demandado y al director ejecutivo. Cada demandado puede responder por escrito, después de lo cual la División de Cumplimiento puede presentar pruebas o argumentos adicionales para refutar dicha respuesta. El director ejecutivo podrá realizar una conferencia de causa probable por propia iniciativa o a solicitud de cualquiera de las partes. El demandado tiene derecho a estar presente y a ser representado por un abogado en la conferencia de causa probable, además de que puede presentar pruebas o llamar a testigos. La conferencia de causa probable está cerrada al público, a menos que el demandado solicite que sea pública.

Luego, el director ejecutivo emite una determinación de causa probable recomendada con base en las presentaciones y los argumentos de las partes presentados en la conferencia de causa probable, si se realizó una. El director ejecutivo recomendará una determinación de causa probable “siempre que las pruebas sean suficientes para llevar a una persona razonablemente prudente a creer o albergar una fuerte sospecha de que un demandado cometió o causó una violación”. Regulación de Cumplimiento, Sección 7(D)(1). Si la Comisión de Ética ratifica la determinación del director ejecutivo de que existe causa probable, la Comisión debe publicar la Determinación de causa probable en su sitio web como documento público.

Luego de la emisión de una Determinación de causa probable, la Comisión llevará a cabo una audiencia en pleno para determinar si el demandado ha cometido una violación a la ley. El demandado tiene derecho a estar presente y a ser representado por un abogado en la audiencia, la cual está abierta al público.

Antes de que se realice la audiencia, es posible que la Comisión deba resolver ciertos asuntos preliminares, como mociones de presentación de evidencia, cuestiones probatorias y la descalificación de comisionados individuales de la audiencia. La Comisión podrá nombrar a una persona, incluido un miembro de la Comisión, para resolver cuestiones preliminares.

En la audiencia, la División de Cumplimiento y el demandado podrán presentar testigos, evidencia documental y argumentos orales ante la Comisión. Después de la audiencia, la Comisión votará para decidir si se presentó una violación. Para imponer una sanción a un demandado, tres comisionados deben votar a favor al momento de determinar que se ha producido una violación. Todas las órdenes de la Comisión que se emiten después de una audiencia se publican en el sitio web de la Comisión.

Un asunto de cumplimiento puede resolverse mediante un acuerdo estipulado en cualquier momento, incluso durante el proceso de audiencia.

Los detalles sobre los procedimientos de causa probable y las audiencias en pleno se establecen en las Regulaciones de Cumplimiento de la Comisión de Ética.

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